Dia No 23 - Notas Legales sobre ... Protección de la marca - Oscar Mateus
Es frecuente que en nuestras conversaciones hablemos de marcas, generalmente estas conversaciones son desde la perspectiva como consumidores, hablamos mal o bien de una determinada marca según la experiencia de compra, garantía, durabilidad o simplemente porque nos encanta el diseño y prestigio que ofrecen, inclusive es posible que nunca hayamos comprado algún producto de la marca de la que hablamos pero aún así la apreciamos –esto es frecuente cuando hablamos de vehículos, reconocemos y valoramos marcas como Ferrari, Rolls Royce o Bugatti, sin tener uno de estos vehículos en el garaje–.
En este escrito quiero abordar el tema de marcas desde la perspectiva del empresario, concretamente, desde el esfuerzo de aquel que crea una marca, para identificar un producto o servicio, una experiencia de compra, la calidad, o simplemente lograr la preferencia en el mercado.
Es el empresario quien destina una invaluable cantidad de recursos representados en tiempo, dinero, trabajo, conocimiento, entre otros, para concebir y permanentemente dar valor a su marca.
El valor que un empresario logre imprimirle a su marca, será la razón por la cual su clientela lo reconocerá y preferirá, y en el evento de ser exitoso, es posible que terceros, de manera injustificada, deseen explotar o beneficiarse de ese esfuerzo, usurpando la marca, por lo que en este escrito describiré algunas de las formas de proteger la marca, en especial por aquellos empresarios que aún no tienen un posicionamiento fuerte en el mercado, pero cuya idea y esfuerzo merecen ser protegidos.
Por regla general, las marcas no se protegen por el simple hecho de usarlas en el comercio: en Colombia es necesario obtener el registro de las mismas ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Este registro le asegurará la posibilidad de impedir que un tercero registre una marca idéntica o aún similar, si esto puede confundir al consumidor o generar algún tipo de asociación con su empresa.
Adicionalmente, la protección que se le otorga a las marcas registradas, permite al titular oponerse a todos los usos ilegítimos que se hagan de la misma en el mercado.
Como se ve, la protección que otorga el registro de su marca ante la Superindustria representa enormes ventajas comerciales y competitivas para su empresa, así como el disfrute de su marca de manera pacífica por un período extenso a un costo relativamente bajo, si tomamos en cuenta las consecuencias perjudiciales que puede derivar para su empresa el no poder seguir haciendo uso de la marca o tener que tolerar que terceros la usen sin posibilidad de impedírselo.
En efecto, piénsese en los perjuicios que puede sufrir su empresa si un tercero obtiene el registro de una marca idéntica o similar a la que usa actualmente, pero no ha registrado ante la Superindustria: la pérdida de la marca que la ha distinguido por tanto tiempo, sin duda puede acarrear múltiples efectos comerciales para su empresa, que deberá realizar todo lo necesario para evitar la desviación de clientela y el aprovechamiento de su reputación comercial, al tiempo que deberá iniciar el posicionamiento de una nueva marca, con todo lo que esto conlleva, como las nuevas inversiones en publicidad, mercadeo, etc.
En el caso, igualmente perjudicial, de que se estén usando sus signos distintivos en el comercio por personas que no tienen su autorización, es de notar, que mientras usted o su empresa no hayan solicitado el registro de la marca respectiva, no será tan fácil impedir que los terceros continúen realizando dichos actos.
Para facilitar todos los trámites relacionados con Propiedad Industrial, incluyendo las solicitudes de registro de marcas, la Superindustria cuenta con un sistema virtual, llamado SIPI, al cual puede acceder a través de la página web de la entidad. A través del SIPI también puede realizar la búsqueda de antecedentes marcarios, que le permitirá conocer si el signo que actualmente utiliza, o alguno similar, ya se encuentra registrado ante la SIC, lo cual es conveniente para evitar incurrir en infracciones a marcas de terceros, y además le permite evaluar de antemano las posibilidades de éxito de una solicitud de marca ante la Superindustria. Aunque esto puede hacerse directamente por el interesado, es recomendable que se realice de manera previa un estudio de
registrabilidad por parte de un abogado experto en marcas.
registrabilidad por parte de un abogado experto en marcas.
Y si lo que necesita es defenderse de las infracciones, esto es el uso indebido, que terceros estén haciendo de su marca registrada, también puede acudir ante la SIC, la entidad en ejercicio de sus facultades para actuar como juez, resolverá de fondo el litigio. Nuevamente reitero, aunque el juez es eficiente, es preferible que se asesore de un abogado experto en temas de marcas o propiedad intelectual, como en cualquier proceso judicial hay unas cargas procesales que deben ser oportuna y satisfactoriamente atendidas, la falta de diligencia o de experiencia, puede significar la perdida de aquel activo cuya creación le pudo haber costado una vida de trabajo.
La existencia de un sistema que propenda por el reconocimiento y protección de los derechos de propiedad industrial, constituye un elemento indispensable en el desarrollo social, económico y cultural de cualquier país.
Es innegable que, en esta materia, Colombia ha tenido un importante desarrollo que le ha permitido consolidarse durante los últimos años como uno de los países referentes en la región.
Oscar Mateus
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